El RFC sería obligatorio para mayores de edad en México

Generará obligaciones fiscales al realizar actividad económica.

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La miscelánea fiscal para 2022 que se debatirá y en su caso aprobará la próxima semana, contempla, según la iniciativa de reforma fiscal, que los jóvenes mayores de edad estarán obligados a expedir su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a partir del próximo 1° de enero.

Esta medida pretende acabar con la informalidad pues generará obligaciones fiscales (presentación de declaración fiscal y el correspondiente pago de impuestos) tan pronto un mayor de edad realice algún tipo de actividad económica, ya sea que genere una factura o le generen una factura.

Sin embargo, la reforma ya revisada y corregida por los diputados federales especifica que mientras no se tenga una actividad económica no estarán obligadas a pagar contribuciones o a presentar declaraciones fiscales y estarán en el rubro: “inscripción de personas físicas sin actividad económica”.

Por lo tanto, mientras no se realice ninguna actividad económica se entenderá que no generarán obligaciones fiscales, hasta que no se incorporen a algún empleo o realicen alguna actividad económica.

En caso de no realizar actividad económica alguna, dice la revisión de los diputados a la Miscelánea Fiscal, el alta se dará ‘sin obligaciones’ y sólo hasta que se incorporen a alguna actividad económica, a solicitud de la propia persona, se iniciará con la declaración y pago de las contribuciones que correspondan”.

“No obstante, a efecto de otorgar certeza sobre el tipo de inscripción (…), esta Comisión Dictaminadora estima conveniente indicar en el último párrafo al apartado A del artículo 27 del referido Código que la inscripción se realizará bajo citado rubro, a efecto de que quede claro que tal inscripción no implica obligación fiscal alguna para los mayores de 18 años sin actividad económica”.

Las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones”, define la propuesta de modificación al Código Fiscal de la Federación.

“Para los efectos de lo previsto en el artículo 27, Apartado A, párrafo quinto del Código Fiscal de la Federación, la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes de personas físicas mayores de edad que no realicen alguna actividad económica se entenderá que no genera obligaciones fiscales hasta en tanto se incorporen a alguna actividad económica, por lo que no dará lugar a la aplicación de sanciones”, describe la modificación al Artículo Noveno del Decreto.

En entrevista con el diario nacional Milenio, la titular del Sistema de Administración Tributaria, Raquel Buenrostro afirmó que “Lo que nosotros estamos buscando es ampliar la cultura fiscal, que la gente vea que hay justicia fiscal en este país y que sus contribuciones sirven para aportar bienes y servicios a la comunidad. Lo que queremos es que la gente sepa que es su obligación contribuir porque vive en una sociedad y que desde los 18 años cuando adquieren la madurez y la mayoría de edad, ellos son conscientes que en algún momento tienen que contribuir con su país”.

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